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30/12/2025 · BOE-A-2025-27012

El Gobierno fija cómo se estimará el consumo eléctrico de millones de hogares y pymes para 2026

Una resolución técnica aprueba los perfiles de consumo para los usuarios sin contador inteligente, un método que determina el coste de su factura sin medir su uso real hora a hora.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del lunes 30 de diciembre de 2025 ha publicado la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas que establece los perfiles de consumo y el método de cálculo aplicables para el próximo año. Esta normativa afecta directamente a los consumidores eléctricos con puntos de medida tipo 4 y tipo 5 –principalmente hogares y pequeñas empresas– que no disponen de equipos con registro horario, comúnmente conocidos como contadores inteligentes.

La resolución, fechada el 22 de diciembre y que entrará en vigor el 1 de enero de 2026, tiene un objetivo técnico fundamental: permitir la liquidación económica de la energía en el mercado mayorista para aquellos suministros que carecen de medición precisa en cada hora del día. En lugar de basarse en datos reales, la facturación se realizará aplicando un "perfil de consumo" estadístico, que estima cómo se distribuye el gasto energético del cliente a lo largo del tiempo. Este perfil se asigna en función de la tarifa de acceso contratada (como la 2.0TD o la 3.0TDVE).

El procedimiento, establecido en el Reglamento de Medida de 2007, parte de unos "Perfiles Iniciales" propuestos por Red Eléctrica de España (REE) y avalados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Estos perfiles se ajustan después en función de la demanda real del sistema eléctrico peninsular, intentando incorporar variables impredecibles como la temperatura. El método, detallado en anexos de más de 200 páginas, utiliza complejas fórmulas matemáticas con coeficientes específicos para cada categoría de tarifa.

Un sistema heredado y su impacto en la factura. La existencia de este mecanismo pone de relieve la aún incompleta transición hacia un parque de contadores completamente digital y con telemedida. Mientras los usuarios con contadores inteligentes pagan en función de su consumo real en cada periodo horario, un segmento significativo de consumidores sigue sujeto a una estimación. Críticos del sistema argumentan que esta práctica puede generar imprecisiones, beneficiando o perjudicando al cliente dependiendo de si sus hábitos se alejan del perfil estadístico medio. La administración y el regulador defienden el método como un mecanismo necesario, proporcionado y ajustado a la normativa vigente, que garantiza la liquidación ordenada del mercado.

La resolución incluye, como es habitual, la posibilidad de interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes. Su publicación anual es un trámite técnico, pero subraya una realidad del sistema eléctrico: la transparencia y precisión de la factura dependen, en última instancia, de la tecnología de medición instalada en cada hogar o negocio.

Fuentes:

  • Boletín Oficial del Estado. Resolución de 22 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas... BOE-A-2025-27012. Publicado el 30/12/2025. Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/30/pdfs/BOE-A-2025-27012.pdf
  • Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida del Sistema Eléctrico.
  • Circular 3/2020, de 15 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
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