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30/12/2025 · BOE-A-2025-27013

El Estado lanzará monedas de oro y plata en 2026 para conmemorar el centenario de Gaudí

El Ministerio de Economía autoriza una emisión limitada de siete piezas de colección con precios que oscilan entre 65 y más de 4.000 euros, un negocio que gestionará la FNMT.

El Gobierno, a través del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, ha oficializado la emisión de una nueva serie de monedas de colección para 2026. La orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el lunes 30 de diciembre de 2025, aunque firmada el día 22, rinde homenaje al arquitecto Antoni Gaudí en el centenario de su fallecimiento. La colección, compuesta por siete piezas en metales preciosos, supone una nueva incursión del Estado en el mercado numismático, un sector con coleccionistas ávidos y críticas recurrentes sobre su accesibilidad y finalidad.

Una colección limitada y de alto valor

La emisión "Centenario Gaudí 2026" se compone de dos series diferenciadas por su metal y valor facial. La pieza estrella es una moneda de 8 escudos, con un valor nominal de 400 euros, acuñada en oro de 999 milésimas (24 quilates). Su precio de venta al público, excluido el IVA, se ha fijado en 4.280 euros. Se acuñarán un máximo de 600 unidades.

Junto a ella, se emitirán tres monedas de 2 escudos (valor facial de 100 euros), también en oro de alta pureza, con un precio inicial de 1.245 euros cada una. Cada una de estas tres piezas presenta en su reverso un motivo diferente: la Sagrada Familia, el Parque Güell y la Casa Milà. De cada diseño se fabricarán hasta 1.300 ejemplares.

Para un público potencialmente más amplio, la serie incluye tres monedas de plata de 925 milésimas (plata esterlina) con un valor facial de 10 euros (8 reales). Estas, que también reproducen las tres obras maestras de Gaudí, tendrán un precio de 65,29 euros y una tirada máxima de 4.000 unidades por motivo. Todas las monedas se acuñarán en calidad "proof" (barniz especial y acabado espejo) y su emisión está prevista para el primer trimestre de 2026.

Un proceso con beneficios para el Tesoro El procedimiento, establecido por ley, sigue un camino conocido. La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) acuñará las piezas por cuenta del Estado. Posteriormente, la propia FNMT abonará al Tesoro Público el valor facial total de las monedas (400, 100 o 10 euros por unidad) y se encargará de su comercialización, ya sea directamente o a través de distribuidores autorizados. La diferencia entre ese valor facial y el precio de venta final (por ejemplo, 4.280€ frente a 400€ en la moneda de oro de 400€) constituye el margen con el que la empresa pública cubre costes y obtiene beneficio, ingresando finalmente dinero en las arcas públicas.

La orden ministerial, firmada por el ministro Carlos Cuerpo, establece que los precios podrán revisarse si las cotizaciones del oro y la plata en los mercados internacionales varían más de un 4%, previo informe del Banco de España y de la FNMT.

Entre la difusión cultural y el negocio numismático La exposición de motivos de la norma justifica la emisión como un homenaje al "arquitecto universal" y una herramienta para "difundir el conocimiento de su obra" y "promover el patrimonio cultural español". Gaudí, figura clave del modernismo, tiene varias de sus creaciones en Barcelona declaradas Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

No obstante, estas emisiones periódicas de monedas de colección suscitan habitualmente un doble análisis. Por un lado, son aplaudidas por coleccionistas e inversores en metales preciosos, que valoran su carácter limitado, su calidad de acuñación y su temática cultural. La FNMT gestiona un canal de negocio consolidado que genera ingresos extrapresupuestarios.

Por otro lado, críticos y algunos expertos en patrimonio cuestionan si este tipo de productos, por su elevado precio y tirada limitada, cumplen efectivamente una función divulgativa masiva o si, por el contrario, se convierten en objetos de lujo inaccesibles para la mayoría de la ciudadanía. Se señala que, más que "poner en circulación" como indica la orden, estas monedas están destinadas a vitrinas y cajas fuertes, alejadas del uso dinerario cotidario. El debate reside en equilibrar el legítimo aprovechamiento comercial de un símbolo cultural por parte del Estado y la garantía de que la conmemoración de figuras nacionales sea inclusiva.

La normativa que regula estas emisiones se remonta a la Ley 42/1994, modificada para adaptarse a la normativa europea, que define las "monedas de colección en euros" como aquellas no destinadas a la circulación y que deben diferir notablemente en peso, tamaño o color de las monedas de uso diario.

Fuentes:

  • Orden ECM/1546/2025, de 22 de diciembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección «Centenario Gaudí 2026». Boletín Oficial del Estado núm. 314, de 30 de diciembre de 2025. https://www.boe.es/boe/dias/2025/12/30/pdfs/BOE-A-2025-27013.pdf
  • Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social (BOE-A-1994-28968).
  • Reglamento (UE) nº 651/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la emisión de monedas en euros.
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