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11/05/2026 · BOE-A-2026-10120

Ley de habilitación de la Comunidad de Madrid para el ejercicio de la acción popular

La normativa permite a la administración autonómica intervenir en procesos penales relacionados con medio ambiente, espectáculos públicos y patrimonio cultural.

La Ley 1/2026, de 15 de abril, habilita a la Comunidad de Madrid para ejercer la acción popular en tres ámbitos específicos. Esta medida se aplica a procesos penales por delitos de especial gravedad con el fin de proteger intereses y bienes públicos, complementando la acción pública del Ministerio Fiscal.

Los ámbitos de actuación comprenden la defensa de la riqueza forestal y el patrimonio natural frente a delitos de incendio; la persecución de desórdenes públicos que impidan la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas; y la protección del patrimonio histórico, incluyendo bienes de valor artístico, científico, cultural o monumental.

Para implementar estas facultades, la ley modifica la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid; la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas; y la Ley 8/2023, de 30 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid. La norma entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

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